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TSE desacata decisión del Tribunal Constitucional

La sentencia del TSE desconoce el precedente sentado por la Sentencia TC/0353/18

Santo Domingo RD.- La sentencia dictada por el Tribunal Superior Electoral (TSE), en contra del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), constituye una nueva y grave vulneración del ordenamiento jurídico-constitucional dominicano.

La sentencia del TSE desconoce el precedente sentado por la Sentencia TC/0353/18 dictada por el Tribunal Constitucional que revocó la sentencia del TSE núm.

TSE- 002-2018, en virtud de la cual el TC estableció que dicha sentencia “vulneró las garantías constitucionales del debido proceso y la tutela judicial efectiva, en lo referente a la debida motivación, el principio de legalidad y el derecho de defensa del Partido Revolucionario Dominicano”.

Desde el punto de vista del Derecho y la justicia electoral, el TSE ha vuelto tras sus pasos infringiendo un daño injustificado. Es evidente que en este accionar la mayoría del TSE confundió su papel de tercero imparcial para incursionar en ámbitos propios de las partes interesadas.

Los alegatos de los demandantes durante el conocimiento del juicio celebrado por el Tribunal Superior Electoral (TSE), en ninguna circunstancia se refirieron al quórum del Comité Ejecutivo Nacional, sino al procedimiento de convocatoria de la Comisión Política.

Quedó demostrado que todos los organismos partidarios fueron convocados de acuerdo a los estatutos del PRD, con la presentación de las pruebas documentales y testimoniales. Incluso sus propios testigos admitieron haber sido adecuada y oportunamente convocados.

Una parte del TSE, prejuiciada, negando los hechos y el buen Derecho, violenta los preceptos legales y la jurisprudencia, justificando la anulación de la reforma estatutaria, argumentando sorpresivamente una infundada falta de quórum; nunca antes referida, ni debatida durante el proceso.

Reiteramos que el quórum no fue un tema controvertido por las partes ni en el primer, ni en el segundo proceso, por lo cual el derecho a la defensa del PRD, fue vulnerado, violando la constitución, las normas vigentes y los procedimientos habituales de todos los tribunales de la República.

Pero más aún, se ignoró con inicua intención la certificación de un notario público, que reposa en el expediente, que evidencia un quórum del 81% presente en el CEN, como bien manifestaron dos jueces del TSE en contundentes y bien fundados votos disidentes.

Esa sentencia, por tanto, carece de equidad y está fuera de toda lógica jurídica, por lo cual es ilegítima, por tanto será revertida, por el Tribunal Constitucional, para recuperar el Derecho y la justicia.

Es obvio que existe una clara intención de algunos integrantes del TSE de afectar la institucionalidad del PRD, lo que queda de manifiesto no solo por el grosero y desvergonzado desacato al precedente del TC sino por la ostensible tardanza de rendir una sentencia en un tiempo oportuno que no obstaculice la participación electoral del PRD y sus precandidatos y candidatos en los procesos electorales que se avecinan inminentemente.

El PRD exhorta a las demás organizaciones políticas a observar con detenimiento la práctica del TSE, pues lo acontecido contra el PRD no es indiferente al sistema de partidos en la República Dominicana.

El PRD reafirma su vocación institucional, ante el adefesio jurídico que evacua el TSE. Ante esta situación, las autoridades del PRD se abocan a convocar los organismos del partido para evaluar los pasos a seguir dentro del marco del ordenamiento legal y estatutario a nuestras manos.

Esta sentencia deshonra la justicia electoral y constituye un grave atentado contra el Estado de Derecho, la estabilidad política y la majestad y autoridad del TC como órgano de cierre del sistema constitucional, por lo cual el PRD ha ordenado a sus abogados accionar en representación legal del PRD ante el TC, para cuestionar la decisión del TSE y obtener un fallo final y definitivo del TC, máximo guardián de los derechos fundamentales, y quien tiene la última palabra en lo que respecta a la aplicación de la Carta Sustantiva y su interpretación.

Es importante que quede claro que las autoridades del partido siguen legal y constitucionalmente vigentes, pues la decisión del TSE en modo alguno altera el desenvolvimiento institucional del PRD. Esta sentencia mal fundada no impedirá la continuación del fortalecimiento institucional, la vida normal de los organismos de dirección y el crecimiento vertiginoso del PRD.

Más contenido por Redacción CDN

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